Desde Fire Ice nos comunican lo siguiente:
La normativa UNE-EN 1.866; cuya fecha máxima para su adaptación fue el pasado 12 de diciembre del 2.019. Siendo desde esta fecha de obligado cumplimiento, entre otros, que todos los extintores móviles tienen que estar reglamentados bajo dicha normativa y por tanto no se podrá instalar ningún extintor móvil que carezca del cumplimiento de la misma.
Informamos de este asunto porque desde FB nos preocupa que se estén instalando en el mercado extintores que no cumplen con dicha normativa y por ello y para garantizar que han adquirido un extintor móvil conforme a norma, les sugerimos que soliciten al fabricante las
evidencias necesarias que garanticen lo indicado en el RIPCI: “ 3. Los extintores móviles deberán cumplir lo dispuesto en la norma UNE-EN 1866-1. “, de esta manera no se incumplirá lo indicado en el Real Decreto.
Para que los mantenedores/instaladores podáis corroborar si el extintor móvil que van a instalar cumple con dicha normativa, tendréis que solicitar a vuestro proveedor el Certificado del fabricante emitido por una entidad acreditadora (actualmente sólo están acreditadas para
ello Bureau Veritas y Aenor) y en el que aparezca que el modelo a instalar posee una Marca de Calidad de Producto
Los modelos de extintores móviles que tienen que cumplir esta norma son:
- Carro de 25 kg.
- Carro de 50 kg.
- Extintor de 10 kg de CO2.
Esperamos que esta información les ayude para poder verificar que los extintores móviles que
están instalando cumplen con la normativa UNE-EN 1.866 y por ello su instalación cumple con
el Real Decreto indicado en el RIPCI.